La Memoria Económica muestra la trampa de la Ley Celaá

La Memoria Económica muestra la trampa de la Ley Celaá

 
En los últimos días, la Plataforma “ Educación Inclusiva SÍ, Especial TAMBIÉN” ha tenido acceso a la Memoria del Análisis del Impacto Normativo –MAIN- (elaborada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y fechada el 28 de febrero de 2020) que acompañaba al Proyecto de Ley de Educación (LOMLOE).
 
En el documento puede leerse claramente cuál es el plan del Gobierno para los alumnos con necesidades educativas especiales. Dentro del apartado “Análisis de impacto económico y presupuestario”, concretamente en el subapartado “impacto presupuestario”, al referirse al contenido de la Disposición Adicional Cuarta establece (páginas 102 y 103):
Por otro lado, el Gobierno, en colaboración con las Administraciones educativas, desarrollará un plan para que, en el plazo de diez años, de acuerdo con el artículo 24.2.e) de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas y en cumplimiento del cuarto Objetivo de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, los centros ordinarios cuenten con los recursos necesarios para poder atender en las mejores condiciones al alumnado con discapacidad. Las Administraciones educativas continuarán prestando el apoyo necesario a los centros de educación especial para que estos, además de escolarizar a los alumnos y alumnas que requieran una atención muy especializada, desempeñen la función de centros de referencia y apoyo para los centros ordinarios, por lo que no se prevé incremento de gasto
 

¿Qué significa esta información de la Memoria del Ministerio?

 
En España se calcula que hay alrededor de 218.000 alumnos/as con necesidades educativas especiales. De ellos, aproximadamente 181.000 están escolarizados en centros ordinarios y 37.000 están en centros de Educación Especial.
 
En el curso 2019-2020, el número de Centros de Educativos de Régimen General no universitarios en España es de 28.816, de los que 476 son Centros de Educación Especial, con una media de aproximadamente 78 alumnos y alumnas por centro.
 

El Gobierno indica claramente en la Memoria económica de la LOMLOE que para hacer efectivo el contenido de la Disposición Adicional Cuarta de la Ley “NO SE PREVÉ INCREMENTO DE GASTO”. La nitidez del mensaje no deja lugar a dudas: para que los centros ordinarios cuenten con los recursos necesarios que garanticen la atención en las mejores condiciones al alumnado con necesidades educativas especiales, la Ley no prevé aumento de la partida presupuestaria, ni a nivel nacional ni autonómico.

Con los cálculos del Gobierno, a partir de la puesta en marcha de la LOMLOE:

  • Los Centros de Educación Especial, además de escolarizar a los alumnos y alumnas que requieran una atención muy especializada, desempeñarán la función de centros de referencia y apoyo para los centros ordinarios.
Y, por tanto, concluye que:
 
  • NO SE PREVÉ INCREMENTO DEL GASTO EN LOS CENTROS ORDINARIOS, para atender al alumnado con necesidades educativas especiales.
 
Esto supone que, además de su trabajo habitual, cada colegio de Educación Especial, también deberá dar atención a aproximadamente ¡¡60 colegios ordinarios!!
 

Los 476 centros de Educación Especial, además del trabajo habitual, deberán ofrecer apoyo a los 181.000 alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales escolarizados en centros ordinarios.

Y, por supuesto, para todo ello:

“NO SE PREVÉ INCREMENTO DE GASTO”

¡Ése es el Plan de la LOMLOE!

Y no lo dice la Plataforma “ Educación Inclusiva SÍ, Especial TAMBIÉN”. Lo dice la Memoria del Análisis del Impacto Normativo del apartado “Análisis de impacto económico y presupuestario (28 febrero 2020)” (págs. 102 y 103).

¿Cuáles son las conclusiones?

  • El Gobierno quiere llevar a cabo un Plan de Transferencia del alumnado de colegios de Educación Especial a centros de educación ordinaria, prácticamente total, ineficaz e ineficiente. Para ello se sirve de la DA 4, que abre la vía para poder obligar a los centros de Educación Especial a desempeñar la función de centros de referencia y apoyo para los centros ordinarios, además de escolarizar a los alumnos y alumnas.
  • Para ello, el Gobierno considera que no es necesario invertir más recursos económicos, ni en centros ordinarios, ni en centros de Educación Especial.
  • Cuando esto se lleve a cabo, resulta evidente que los centros ordinarios seguirán teniendo las mismas dificultades para atender al alumnado con necesidades educativas especiales, o incluso más, debido al progresivo trasvase de alumnos de Educación Especial a ordinaria. Y los colegios de Educación Especial se verán obligados a dejar de prestar el servicio que realizan en la actualidad, que es imprescindible para miles de alumnos a los que actualmente atienden, y se transformarán en centros de recursos, sin apenas alumnado.
  • El Gobierno toma como referencia el caso de Portugal (al que califica literalmente de “éxito significativo”), cuando la realidad es que dicho sistema muestra debilidades notables en el país vecino. En la práctica se convierte en muchas ocasiones en espacios segregados, y las familias y docentes denuncian continuamente la falta de formación y de medios para implementar las nuevas medidas de atención a la diversidad.

¿Qué solicita la Plataforma “Educación Inclusiva SÍ, Especial TAMBIÉN”?

Solicitamos a todos los partidos políticos que lleguen a un acuerdo para proteger a uno de los colectivos más vulnerables de la sociedad, las personas con discapacidad intelectual. En concreto solicitamos:
 
  • Que lleguen a un acuerdo para suprimir la Disposición Adicional Cuarta.
  • Que realicen un estudio serio y profundo sobre cuáles han de ser las medidas necesarias para garantizar que el alumnado con necesidades educativas especiales sea atendido en las mejores condiciones. Debería incluir un análisis pormenorizado sobre el impacto y viabilidad económica de tales medidas así como sobre el impacto en el bienestar emocional y salud mental de los menores. Dicho análisis debería ir presidido por el principio del interés superior del menor.
  • A partir de las conclusiones que se obtengan, se adopten las medidas que procedan, asegurándose en todo caso la dotación de medios económicos, a centros ordinarios y centros de Educación Especial, para su efectiva implementación.

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